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Studio Ghibli, ChatGPT y la IA: un nuevo debate sobre derechos de autor

Aunque estas imágenes pueden considerarse “nuevas” desde el punto de vista técnico, su similitud con los fotogramas de películas emblemáticas del estudio japonés es innegable. Aquí es donde surge la controversia: si bien el derecho de autor protege obras originales y no necesariamente estilos artísticos, la pregunta clave es cómo aprendió la inteligencia artificial ese estilo tan característico. ¿Se trata de una simple inspiración o estamos ante una posible infracción?.

Inspirarse en un estilo no constituye por sí solo una infracción. Sin embargo, la línea entre homenaje e infracción se difumina cuando el resultado final es casi indistinguible de una obra protegida. Las capacidades actuales de la IA permiten replicar patrones estéticos con tal precisión que muchas veces el contenido generado puede percibirse como una reproducción camuflada.

Este escenario plantea interrogantes clave: ¿deberían las empresas desarrolladoras de inteligencia artificial contar con autorización expresa para entrenar sus modelos con obras sujetas a derechos de autor? La práctica actual demuestra que muchas compañías utilizan millones de imágenes, textos y obras artísticas con derechos reservados como parte de sus datasets de entrenamiento, sin solicitar permiso ni ofrecer compensación a los autores. Esta práctica ha dado lugar a numerosas demandas en Estados Unidos y Europa por el uso indebido de contenido protegido.

Frente a estos desafíos, resulta evidente que el avance de la tecnología ha superado la capacidad de los marcos normativos actuales. Es urgente una actualización legal que responda a las nuevas formas de creación automatizada de contenido, estableciendo límites claros y mecanismos de protección para autores y creadores en la era de la inteligencia artificial.

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