La notificación de discapacidad al empleador no es requisito para la indemnización especial frente a un despido intempestivo: Precedente jurisprudencial obligatorio en el Ecuador
La Resolución No. 001-2025 establece que no es necesario notificar al empleador sobre la discapacidad del trabajador para recibir la indemnización especial frente a un despido intempestivo, reforzando la protección de los derechos laborales de las personas con discapacidad.