Quevedo & Ponce - Noticias Legales
Ecuador y Países Bajos refuerzan el control aduanero y la protección de la propiedad intelectual
- Julio 01, 2025
- Quevedo & Ponce
El 19 de junio de 2025, el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 63 oficializó la publicación del Acuerdo entre el Reino de los Países Bajos y la República del Ecuador sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Aduanera.
Este acuerdo constituye un hito clave en la cooperación bilateral para prevenir, detectar e investigar infracciones aduaneras, incluyendo el contrabando, el fraude comercial y la falsificación de productos protegidos por derechos de propiedad intelectual. Establece mecanismos efectivos de colaboración entre las autoridades aduaneras de ambos países, tales como:
- Intercambio de información estratégica y operativa.
- Notificación de documentos y resoluciones administrativas.
- Vigilancia coordinada de mercancías, medios de transporte y personas bajo sospecha.
- Asistencia mutua en investigaciones específicas.
Además, este instrumento fortalece la aplicación de medidas en frontera conforme a estándares internacionales, protegiendo marcas registradas, derechos de autor y diseños industriales ante posibles vulneraciones mediante productos falsificados o piratas. Se contemplan medidas de control más rigurosas, especialmente para mercancías en tránsito o destinadas a la exportación o importación entre ambas jurisdicciones.
El acuerdo también resguarda la confidencialidad y el uso lícito de la información compartida, garantizando el respeto a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
Este avance tiene un impacto directo sobre organismos de control aduanero, operadores de comercio exterior y titulares de derechos de propiedad intelectual, quienes se beneficiarán de una mayor coordinación internacional para combatir la piratería, la falsificación y otros delitos transfronterizos.
En Quevedo & Ponce brindamos asesoría integral en la protección y defensa de derechos de propiedad intelectual, acciones legales por infracción o falsificación, implementación de medidas en frontera ante SENADI y la Aduana del Ecuador (SENAE).
Más Artículos
SENADI Resolution Strengthens the Control of Geographical Indications and Denominations of Origin in Ecuador
The National Service of Intellectual Rights (SENADI) issued Resolution No. SENADI-DG-2026-0009-RE on March 25, 2026, published in Official Registry Year II, First Supplement No. 251. This resolution establishes a new technical regulation for the creation and operation of regulatory offices for Geographical Indications (GIs) and Denominations of Origin (DOs) in the country.
Resolución SENADI fortalece el control de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen en Ecuador
El Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI) emitió la Resolución Nro. SENADI-DG-2026-0009-RE el 25 de marzo de 2026, publicada en el Registro Oficial Año II, Primer Suplemento No. 251, mediante la cual se establece una nueva normativa técnica para la creación y funcionamiento de las oficinas reguladoras de Indicaciones Geográficas (IG) y Denominaciones de Origen (DO) en el país.
Can property lent under a commodatum agreement be acquired by prescription?
A commodatum is a contract through which a person lends property free of charge for another person to use, with the obligation to return it. Under the Ecuadorian legal system, the borrower does not acquire possession but only mere holding of the property, which means it cannot be acquired through acquisitive prescription unless a proven interversion of title occurs.
¿Puede prescribir un bien entregado en comodato?
El comodato es un contrato mediante el cual una persona entrega gratuitamente un bien para su uso, con la obligación de devolverlo. En nuestro sistema legal ecuatoriano, el comodatario no adquiere posesión sino mera tenencia, por lo que no puede adquirir el bien por prescripción adquisitiva, salvo que exista una intervención del título debidamente probada.
Processing of Proposed Laws Classified as Urgent Economic Matters
Proposing urgent economic bills is one of the powers of the Executive Function; however, these must be submitted to the National Assembly for approval, modification, or rejection. In accordance with the Constitution and the Organic Law of the Legislative Function, a failure to issue a ruling results in the immediate enactment of the project by operation of law.
