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La notificación de discapacidad al empleador no es requisito para la indemnización especial en un despido intempestivo: Precedente jurisprudencial obligatorio en el Ecuador
- Enero 21, 2025
- Quevedo & Ponce
La Resolución No. 001-2025 de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador fortalece la protección de los derechos laborales de trabajadores con discapacidad o responsables de personas con discapacidad frente a un despido intempestivo.
Los jueces y tribunales laborales ya no deberán verificar si el empleador fue notificado de la discapacidad del trabajador o si este tiene el registro de sustituto para ordenar el pago de la indemnización especial prevista en el artículo 51 de la Ley Orgánica de Discapacidades. Normativa que se refiere al derecho a una indemnización equivalente a 18 remuneraciones mensuales calculadas sobre la base de la remuneración más alta percibida por el trabajador, en casos de despido intempestivo.
Puntos clave de la resolución:
- Sin notificación previa al empleador: Ya no es requisito que el empleador haya sido notificado sobre la discapacidad del trabajador ni que este esté registrado como sustituto para solicitar la indemnización.
Únicos requisitos aplicables:
- Que exista un despido intempestivo.
- Que el trabajador tenga discapacidad o esté a cargo de una persona con discapacidad.
Protección a trabajadores con discapacidad:
Este precedente aplica a personas con discapacidad, definidas como aquellas con limitaciones permanentes para realizar actividades esenciales de la vida diaria, debido a deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, según lo establece el Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades.
Implicaciones del fallo:
Para trabajadores: Se refuerza su derecho a solicitar la indemnización especial frente a un despido intempestivo, simplificando el proceso judicial.
Para empleadores: La resolución impone mayor responsabilidad en la gestión de información del personal y el cumplimiento de las normativas laborales.
En Quevedo & Ponce, asesoramos a empresas y trabajadores para garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales y proteger los derechos laborales. Contáctenos para recibir orientación sobre este importante precedente y su impacto en el ámbito laboral.
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