Skip to main content

Quevedo & Ponce - Noticias Legales

Protección de derechos intelectuales en el entorno digital

El Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), en ejercicio de sus atribuciones y la facultad regulatoria, ha emitido la Resolución Nro. 003-2024-DG-NT-SENADI. Esta norma técnica tiene como objetivo regular las diligencias preparatorias de verificación y el bloqueo de URL(s) que puedan vulnerar derechos intelectuales en el entorno digital. Su aplicación se enfoca en proteger los derechos intelectuales frente a la dificultad de determinar y localizar al presunto infractor, y para frenar las infracciones que migran con facilidad a otras infraestructuras digitales.

Para solicitar esta diligencia preparatoria, el interesado debe presentar una solicitud ante la Dirección Técnica de Observancia del SENADI. Los requisitos incluyen la identificación del solicitante y medios de notificación , la determinación y acreditación del derecho presuntamente vulnerado , fundamentos de hecho y derecho , y la identificación del sujeto contra quien se practica la diligencia, si se conoce. Es fundamental especificar el objeto y finalidad de la diligencia, que es el pedido concreto de verificación y bloqueo de URL(s) con contenido infractor. Se debe enunciar la URL(s) junto con las direcciones IP y puertos de acceso , y presentar una declaración juramentada ante Notario Público asumiendo la responsabilidad por posibles afectaciones a terceros. Además, se requiere la materialización notarial de la URL(s) que visualiza el contenido infractor , la firma del solicitante y el comprobante de pago de la tasa correspondiente.

Una vez calificada la solicitud como clara y completa, la Dirección Técnica de Observancia verificará si el contenido de la URL(s) puede presuntamente infringir un derecho intelectual. De confirmarse, se dispondrá a los portadores y proveedores de servicio de acceso a internet autorizados en Ecuador el bloqueo de la URL(s) y su redirección a un sitio web informativo sobre la presunta vulneración. La norma también contempla bloqueos dinámicos y la posibilidad de solicitar el mantenimiento del bloqueo si se inicia una acción principal, como una tutela administrativa. Es importante destacar que esta diligencia no es aplicable para el bloqueo de nombres de dominio, contenido en redes sociales o contenido a través de aplicaciones digitales por streaming.

En Quevedo y Ponce, ofrecemos asesoría especializada en la aplicación de diligencias preparatorias para la protección de derechos intelectuales en el entorno digital. Nuestro equipo está preparado para guiarle en los procesos de verificación y solicitud de bloqueo de URL(s), asegurando la defensa de sus derechos en el ámbito digital.

Más Artículos

Uso de avatares digitales: ¿una medida adecuada frente al crimen organizado?

Uso de avatares digitales: ¿una medida adecuada frente al crimen organizado?

Mediante la Resolución No. 164-2026, el Pleno del Consejo de la Judicatura aprobó el Protocolo Técnico-Operativo para el Uso de Avatares Digitales como Medida de Seguridad en Audiencias Telemáticas, incorporando una nueva herramienta tecnológica destinada a reducir determinados riesgos a los que se encuentran expuestos jueces y otros funcionarios judiciales.

Obtenciones Vegetales en Ecuador: protección de la innovación en el sector agrícola

Obtenciones Vegetales en Ecuador: protección de la innovación en el sector agrícola

El desarrollo de nuevas variedades vegetales representa una importante fuente de innovación para el sector agrícola.

Concentraciones económicas en Ecuador

Concentraciones económicas en Ecuador

Las fusiones, adquisiciones y operaciones que implican un cambio de control pueden estar sujetas al régimen de control de concentraciones económicas en Ecuador. La normativa establece umbrales específicos para determinar cuándo una operación debe ser notificada previamente a la Superintendencia de Competencia Económica y permite a la autoridad autorizarla, condicionarla o denegarla según sus efectos sobre la competencia.

El derecho al inédito y la publicación póstuma de la obra “En agosto nos vemos» de Gabriel García Márquez

El derecho al inédito y la publicación póstuma de la obra “En agosto nos vemos» de Gabriel García Márquez

Todos celebramos poder leer una obra más de García Márquez, pero ¿dónde queda el respeto a sus derechos de autor? La publicación póstuma de «En agosto nos vemos» ha reavivado el debate sobre el derecho al inédito, un derecho moral irrenunciable que faculta al creador a decidir si su obra se divulga o permanece en reserva. Pese a que el Nobel colombiano manifestó en vida su intención de no publicarla, sus herederos autorizaron su publicación, planteando un dilema ético y jurídico sobre los límites de los derechohabientes como custodios de la voluntad originaria del autor..

El caso UBS: cuando tener un sistema de cumplimiento no significa controlar el riesgo

El caso UBS: cuando tener un sistema de cumplimiento no significa controlar el riesgo

UBS es uno de los mayores grupos financieros del mundo. De origen suizo, presta servicios de banca privada, administración de patrimonios, gestión de inversiones y banca de inversión. Dentro de sus operaciones en Estados Unidos se encuentra UBS Financial Services Inc., una compañía que presta servicios financieros y de inversión a clientes.

1 2 3 27