Quevedo & Ponce - Noticias
El 26 de mayo de 2021, en el Suplemento del Registro Oficial No. 459, se publicó el Decreto Ejecutivo No. 33 de fecha 24 de mayo de 2021, mediante el cual, el Presidente Constitucional de la República Guillermo Lasso Mendoza, dispuso que todas las instituciones y empresas públicas y privadas que prestan el servicio de referencias crediticias, eliminen de sus registros el historial de obligaciones de las personas naturales deudoras cuya deuda total consolidada sea menor a mil dólares de los Estados Unidos de América, tomando en cuenta las siguientes disposiciones:
- Cuando las obligaciones correspondan al sistema financiero público, privado y de la economía popular y solidaria de los segmentos 1 y 2, se elimina la información correspondiente a operaciones vencidas con un saldo menor a USD 1000.
- Cuando las obligaciones correspondan al sistema financiero de la economía popular y solidaria de otros segmentos y cualquier otra institución integrante del sistema financiero público y privado incluyendo las compañías de servicios auxiliares, se elimina la información correspondiente a operaciones vencidas con un saldo menor a USD 500.
- Cuando las obligaciones correspondan a otras instituciones que otorgan crédito a sus clientes y reportan información al sistema de referencias crediticias, se elimina la información correspondiente a operaciones vencidas con un saldo menor a USD 100.
- La eliminación de la referida información no implica pérdida del derecho de cobro que tienen los legítimos acreedores.
- La Junta de Política y Regulación Financiera será la encargada de emitir las disposiciones necesarias para la ejecución del decreto ejecutivo y de aclarar las dudas en la aplicación del mismo.
- Las instituciones que prestan el servicio de referencias crediticias tienen un término no mayor a 60 días para dar cumplimiento a lo señalado en el decreto.
Nota: El Decreto Ejecutivo No. 33 entró en vigencia a partir del 24 de mayo de 2021.
Advertencia:
Nuestro contenido es netamente informativo y de perspectiva. Para una opinión legal o asesoría sobre un caso en particular, comunicarse directamente con nuestro grupo de expertos.
Más Artículos
¿Cómo se define un mercado? La importancia del mercado relevante en el Derecho de Competencia
El mercado relevante constituye uno de los conceptos fundamentales del Derecho de Competencia, pues permite determinar el ámbito en el que las empresas compiten y evaluar si una conducta puede afectar el funcionamiento del mercado. Su correcta definición resulta esencial para analizar prácticas anticompetitivas, abuso de poder de mercado y concentraciones económicas.
Implicaciones del tratamiento de datos personales en materia contractual
En el ámbito empresarial ecuatoriano, la inclusión de cláusulas específicas de protección de datos en los contratos no es opcional, sino una obligación legal bajo la LOPDP que prohíbe el uso de autorizaciones genéricas. Para garantizar que el tratamiento de información sea lícito y evitar severas sanciones por parte de la Superintendencia de Protección de Datos Personales.
Descuentos en tasas de servicios del SENADI
Conozca quiénes pueden acceder a los descuentos en tasas de servicios del SENADI.
Impactos del conflicto EE.UU.– Irán en Ecuador: jurídica, comercial y estratégicamente
El conflicto entre Estados Unidos e Irán ha generado una crisis energética con efectos directos en el comercio internacional. Para Ecuador, como país importador de combustibles, este escenario implica impactos económicos concretos y desafíos jurídicos relevantes en contratos internacionales, gestión de riesgos y seguridad jurídica empresarial. Este análisis examina las implicaciones comerciales, contractuales y estratégicas para el entorno empresarial ecuatoriano.
¿Qué son las asignaciones dentro del derecho sucesorio?
Las asignaciones sucesorias consisten en la distribución de todos los bienes, derechos y obligaciones transmisibles, que conforman la herencia del causante. Se clasifican en asignaciones universales, aquellas que se pueden dar por testamento y por mandato de ley, y asignaciones a título singular, que sólo se dan a través de un testamento.
