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Arrendamiento mercantil

El nuevo Código de Comercio, aprobado por la Asamblea General, expedido mediante Oficio No. SAN-2019-2499 y publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 497.

Introduce nuevas figuras jurídicas que se adaptan a la realidad actual. Es así, que se contempla la figura del leasing o arrendamiento mercantil como un contrato mercantil, que también es una herramienta de financiamiento, puesto que, si un comerciante no tiene la suficiente solvencia para poder adquirir un bien, la mejor opción es optar por suscribir un contrato de leasing. El arrendamiento mercantil establece, precisamente, un vínculo entre el arrendador y el arrendatario del inmueble o mueble, que debe ser necesariamente destinado al comercio. Por lo que, uno de los objetivos de este tipo de contrato, es generar flexibilidades de financiamiento para adquirir en cierto plazo el inmueble o mueble arrendado.

 En otras palabras, el contrato de leasing se define como un contrato bilateral, en el que, una parte se obliga a conceder el goce y uso de un mueble o inmueble, y la otra parte a pagar un precio por el usufructo de dicho bien. La principal distinción y particularidad de este contrato es que, al finalizar el plazo forzoso, establecido en el contrato, existen varias opciones para el arrendatario, como, por ejemplo: comprar el bien por un valor residual; la devolución del bien al propietario; y, prorrogar el contrato por un plazo adicional.       

Los requisitos para que exista un contrato de leasing, de acuerdo con la legislación ecuatoriana, son los siguientes:

  1. El contrato debe celebrarse por escrito e inscribirse en el Libro de Arrendamientos Mercantiles que lleva el Registro Mercantil del respectivo cantón;
  2. El contrato debe contener un plazo inicial forzoso para las partes intervinientes;
  3. La renta por pagarse durante el plazo forzoso, más el precio señalado a la opción de compra, debe exceder al precio en que el arrendador adquirió el bien;
  4. Que el arrendador sea propietario del bien arrendado;

En conclusión, se puede argumentar que el leasing, además de se un contrato regulado como mercantil, es una herramienta de financiamiento positiva para los comerciantes, debido a que, en el caso de que el arrendatario se decida por la opción de compra, el total de los cánones pagados a favor del arrendador, pueden ser aceptados como una forma de pago del precio total del mueble o inmueble dado en arrendamiento.

 

Advertencia:

Nuestro contenido es netamente informativo y de perspectiva. Para una opinión legal o asesoría sobre un caso en particular, comunicarse directamente con nuestro grupo de expertos.

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