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Nueva Ley contra la Competencia Desleal en Ecuador: Claves y Alcances
- Septiembre 24, 2025
- Quevedo & Ponce
Desde el 29 de agosto de 2025, Ecuador cuenta con un nuevo marco normativo: la Ley Orgánica de Regulación contra la Competencia Desleal, publicada en el Registro Oficial. Esta normativa tiene como finalidad garantizar que las reglas del mercado se desarrollen bajo principios de transparencia, lealtad y protección al consumidor. En este sentido, se busca sancionar cualquier práctica que atente contra la buena fe comercial y afecte tanto a los consumidores como a las empresas que actúan conforme a la legalidad.
La ley es de aplicación amplia, pues se extiende a personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras, siempre que realicen actividades en el mercado ecuatoriano o resulten afectadas por conductas desleales. Entre los comportamientos prohibidos se incluyen estrategias engañosas que confundan al consumidor, la copia indebida de productos o servicios, comparaciones desleales con competidores y el uso o divulgación de secretos empresariales sin autorización.
La Superintendencia de Competencia Económica será la autoridad encargada de aplicar la normativa. Esta institución tiene la facultad de investigar, sancionar e imponer medidas correctivas en casos de competencia desleal. Podrá iniciar procesos tanto de oficio como a partir de denuncias presentadas por actores con interés legítimo, lo que refuerza el control institucional en materia de competencia y equidad en el mercado.
En cuanto a las sanciones, la ley establece medidas severas para quienes incumplan sus disposiciones. Las multas pueden alcanzar hasta el 12% de los ingresos brutos de la empresa infractora en casos de prácticas desleales, y hasta el 10% de los ingresos brutos por incumplimiento de resoluciones o falta de colaboración. Adicionalmente, se contemplan multas coercitivas de hasta 200 salarios básicos unificados, y se fija un plazo de ocho años para la prescripción de las sanciones.
Finalmente, la normativa abre la posibilidad de que las empresas investigadas propongan compromisos de cese con el fin de detener las prácticas cuestionadas antes de una resolución definitiva. Asimismo, los afectados podrán iniciar acciones judiciales como la declaración de deslealtad, la cesación de la conducta o la remoción de sus efectos, siempre dentro de los plazos legales establecidos. En su conjunto, esta ley busca fortalecer la confianza en el mercado ecuatoriano, garantizando condiciones justas para consumidores y empresas que se conducen de acuerdo con la ley.
En Quevedo & Ponce, contamos con amplia experiencia en derecho de la competencia y cumplimiento normativo. Asesoramos a nuestros clientes en la prevención, identificación y gestión de prácticas que puedan ser consideradas desleales, brindando acompañamiento estratégico frente a investigaciones administrativas y procesos judiciales.
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