Quevedo & Ponce - Noticias Legales
La Superintendencia de Protección de Datos Personales absuelve la consulta 002-2025 del Oficio N° SPDP-IRD-2025-0031-O sobre el tratamiento de Datos Biométricos en el control de registro de Asistencia Laboral
- Marzo 20, 2025
- Quevedo & Ponce
La Superintendencia de Protección de Datos ha determinado que no se deben utilizar datos biométricos para el registro de asistencia de los trabajadores, ya que este método es desproporcionado e impertinente, por lo que no se recomienda su aplicación. Ante esto, se proponen diversas alternativas para el registro de asistencia laboral, como el uso de tarjetas magnéticas, el registro manual de asistencia y el registro en ordenadores mediante la verificación de la dirección IP al momento del ingreso y la salida.
La autoridad establece que el consentimiento expreso es necesario para el tratamiento de datos biométricos en el control de asistencia laboral y para que el consentimiento sea considerado válido, este debe ser libre, específico, informado e inequívoco.
El consentimiento debe ser libre, sin coerción ni presiones indebidas, y sin vicios como la fuerza o el temor real, como el miedo a perder el empleo. Debe ser específico, delimitado a una finalidad concreta y sin ambigüedades sobre su alcance. Además, debe ser informado, asegurando que el titular conozca claramente los fines y condiciones del tratamiento de sus datos. Finalmente, debe ser inequívoco, manifestado de forma clara y sin dudas, garantizando que la voluntad del titular se exprese de manera consciente.
- Respecto a los sujetos implicados:
– Empleadores.- Deberán garantizar el consentimiento de sus trabajadores antes de recolectar datos biométricos y ofrecer alternativas para quienes no desean proporcionar sus datos.
– Trabajadores.- Podrán negarse al tratamiento de sus datos biométricos sin que esto afecte sus condiciones de empleo y solicitar la eliminación de sus datos biométricos cuando corresponda.
En Quevedo & Ponce, asesoramos a empresas y trabajadores para garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales y proteger los derechos a la seguridad de datos personales. Contáctenos para recibir orientación sobre este importante precedente y su impacto en el ámbito laboral.
Más Artículos
IESS and Enforcement Actions: The Constitutional Court Shields Shareholders and Bans Administrative Travel Restrictions
Constitutional Court Ruling 3364-21-EP/25 protects shareholders from IESS enforcement measures, prohibiting administrative travel bans and personal liability without judicial intervention. The decision strengthens corporate legal certainty and upholds the binding precedent 22-13-IN/20
IESS y coactivas: la Corte Constitucional blinda a los accionistas y prohíbe arraigos administrativos
La Sentencia 3364-21-EP/25 de la Corte Constitucional del Ecuador redefine los límites de la coactiva del IESS, protegiendo a los accionistas frente a medidas arbitrarias. El fallo prohíbe que funcionarios administrativos dispongan arraigos o afectaciones patrimoniales sin intervención judicial, consolidando el respeto al precedente 22-13-IN/20 y fortaleciendo la seguridad jurídica corporativa.
Geographical Indications: Value and Protection of Origin
Geographical indications (GIs) are a form of intellectual property protection that recognizes the link between a product and its place of origin. They ensure that the product’s characteristics, quality, or goodwill derive from its geographic environment, helping preserve authenticity, strengthen the local economy, and protect the cultural heritage of communities.
Indicaciones Geográficas: Valor y Protección del Origen
Las indicaciones geográficas (IG) son una forma de protección de la propiedad intelectual que reconoce el vínculo entre un producto y su lugar de origen. Garantizan que las características, calidad o reputación del producto provengan de su entorno geográfico, contribuyendo a preservar la autenticidad, fortalecer la economía local y proteger el patrimonio cultural de las comunidades.
Corporate Transformation and Sports Joint Stock Companies: Effects of the Constitutional Court Decision that Invalidated the Organic Law of National Solidarity
The Constitutional Court of Ecuador declared the total unconstitutionality of the Organic Law of National Solidarity, determining that it was enacted in violation of the principle of unity of subject matter and the ordinary legislative procedure. This decision nullifies the obligations imposed upon Simplified Stock Companies (S.A.S.) and Sports Joint Stock Companies (S.A.D.), restoring the previous regulatory framework and reaffirming both the supremacy of constitutional review and the need of maintaining normative coherence within the Ecuadorian legal system.