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Transformación Societaria y Sociedades Anónimas Deportivas: Efectos de la sentencia constitucional que dejó sin vigencia la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional
- Octubre 14, 2025
- Quevedo & Ponce
El reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional del Ecuador, contenido en la Sentencia No. 51-25-IN/25 del 26 de septiembre de 2025, marca un giro trascendental en el panorama jurídico nacional. Mediante esta resolución, el máximo órgano de control constitucional declaró la inconstitucionalidad integral de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 56 del 10 de junio de 2025, al determinar que su aprobación vulneró principios esenciales del proceso legislativo.
La Corte concluyó que la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional fue tramitada indebidamente bajo el procedimiento de urgencia económica, pese a que su contenido abarcaba materias penales, de seguridad, tributarias, societarias y administrativas, sin guardar una conexidad clara, específica y necesaria entre ellas. Tal dispersión normativa contravino el principio de unidad de materia, previsto en el artículo 136 de la Constitución, que exige que toda ley mantenga coherencia temática y racionalidad interna. Además, el uso del trámite abreviado restringió injustificadamente el debate democrático en la Asamblea Nacional, afectando el principio de deliberación legislativa.
Como consecuencia directa, todas las disposiciones de la Ley, incluyendo aquellas que introducían nuevas obligaciones para las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.) y que regulaban la creación de las Sociedades Anónimas Deportivas (S.A.D.), han quedado sin efecto jurídico. Esto implica que las empresas vinculadas a sectores estratégicos o regulados ya no están obligadas a transformarse, reformar sus estatutos ni disolverse en los términos que establecía el Reglamento General a dicha ley, hoy también ineficaz.
La decisión constitucional restablece el marco normativo previo y reafirma la importancia de la técnica legislativa y del respeto al debido proceso parlamentario como garantías del Estado constitucional de derecho.
En Quevedo & Ponce, continuamos acompañando a nuestros clientes en la interpretación y aplicación de estos precedentes, asegurando seguridad jurídica y cumplimiento normativo en sus procesos de transformación societaria y de gobierno corporativo.
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