Quevedo & Ponce - Noticias Legales
Tratado de la OMPI sobre la Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados
- Febrero 27, 2025
- Quevedo & Ponce
El Tratado de la OMPI sobre la Propiedad Intelectual, los Recursos Genéticos y los Conocimientos Tradicionales Asociados, adoptado en Ginebra el 24 de mayo de 2024, establece un marco internacional para el reconocimiento y protección de los conocimientos ancestrales y su influencia en la propiedad intelectual y la ciencia contemporánea. Este instrumento busca fortalecer la calidad del sistema de patentes, asegurando que las invenciones derivadas de recursos genéticos y conocimientos tradicionales sean gestionadas con transparencia y respeto por sus comunidades de origen.
En Ecuador, tanto los recursos genéticos como los conocimientos tradicionales gozan de protección constitucional, en concordancia con el concepto de conocimientos ancestrales reconocido en el artículo 57 de la Constitución. Este artículo protege el derecho de los pueblos indígenas a conservar, desarrollar y utilizar sus conocimientos tradicionales, garantizando su resguardo frente a usos indebidos y estableciendo su valor dentro del marco legal del país.
El requisito de divulgación: Transparencia en el sistema de patentes
Una de las innovaciones más relevantes del Tratado es la introducción del requisito de divulgación, el cual busca evitar la apropiación indebida de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados a invenciones patentadas. Este mecanismo garantiza la transparencia y el reconocimiento de los derechos de los países y comunidades de origen.
¿Cuándo aplica el requisito de divulgación?
1. Para solicitudes de patente basadas en recursos genéticos: El solicitante deberá identificar y divulgar el país de origen de los recursos utilizados en su invención.
Si el país de origen es desconocido, se deberá especificar el origen amplio de los recursos genéticos empleados.
2. Para solicitudes de patente basadas en conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos: Dado que estos conocimientos están vinculados con pueblos indígenas y comunidades específicas, es obligatorio reconocer y divulgar la comunidad de origen de dichos conocimientos.
Este requisito promueve la equidad en la gestión de patentes, asegurando que las innovaciones basadas en estos elementos respeten el derecho de las comunidades a ser reconocidas y consultadas en el proceso.
Divulgación pública de las solicitudes de patentes
El Tratado dispone que cada país signatario debe garantizar que las divulgaciones realizadas como parte de las solicitudes de patentes estén disponibles para el público. Esto puede hacerse a través de las oficinas nacionales de propiedad intelectual o mediante los mecanismos que cada Estado considere adecuados para difundir esta información de manera efectiva.
Estado de adhesión al Tratado
Hasta febrero de 2025, 40 países han suscrito el Tratado. Sin embargo, Ecuador aún no ha formalizado su adhesión. No obstante, su marco legal ya contempla mecanismos de protección sobre estos recursos, lo que permite aplicar principios similares en la gestión de patentes dentro del país.
En Quevedo & Ponce, contamos con un equipo de expertos en patentes, protección de recursos genéticos y conocimientos ancestrales. Brindamos asesoría integral en la producción inventiva, su registro, protección y cumplimiento legal, asegurando que cada innovación respete las normativas nacionales e internacionales.
Si su invención involucra recursos genéticos o conocimientos tradicionales, le acompañamos en cada etapa del proceso para garantizar su adecuada protección y cumplimiento legal.
Contáctenos para conocer más sobre nuestros servicios y asegurar la defensa de su propiedad intelectual.
Más Artículos
Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG) en Ecuador: Protegiendo la tradición con valor legal
En el marco del sistema de propiedad intelectual ecuatoriano, las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG) constituyen una figura legal estratégica para la protección de productos agroalimentarios con valor cultural y tradición comprobada. A través de esta herramienta, se reconoce oficialmente la autenticidad de métodos de elaboración tradicionales, sin requerir una vinculación territorial específica.
Arbitration in Ecuador: An Effective Alternative for Dispute Resolution
Arbitration in Ecuador is an effective alternative for resolving disputes, highlighting benefits such as celerity, confidentiality, and the ability to choose expert arbitrators, making the process more efficient and specialized than ordinary courts.
El arbitraje en Ecuador: una alternativa eficaz para la resolución de conflictos
El arbitraje en Ecuador es una alternativa eficaz para resolver conflictos, destacando beneficios como la rapidez, la confidencialidad y la posibilidad de elegir árbitros expertos, lo que hace el proceso más eficiente y especializado que la justicia ordinaria.
The Superintendence of Personal Data Protection (SPDP) Issues New Key Criteria on the Use of Biometric Data and the Appointment of DPOs
The Superintendency of Personal Data Protection (SPDP) has issued recent statements regarding the use of biometric data for workplace attendance control and the obligation to appoint a Data Protection Officer (DPO) in savings and credit cooperatives. These criteria reinforce the need to protect sensitive data, require impact assessments, ensure free consent, and establish that cooperatives must immediately appoint a DPO to comply with current regulations and avoid sanctions.
La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) emite nuevos criterios clave sobre el uso de datos biométricos y la designación de DPOs
La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) ha emitido recientes pronunciamientos sobre el uso de datos biométricos para el control de asistencia laboral y la obligación de designar un Delegado de Protección de Datos (DPO) en cooperativas de ahorro y crédito. Estos criterios refuerzan la necesidad de proteger datos sensibles, exigir evaluaciones de impacto, y garantizar el consentimiento libre, además de establecer que las cooperativas deben designar un DPO de manera inmediata para cumplir con la normativa vigente y evitar sanciones.