Quevedo & Ponce - Noticias

Eliminación de historial crediticio

El 26 de mayo de 2021, en el Suplemento del Registro Oficial No. 459, se publicó el Decreto Ejecutivo No. 33 de fecha 24 de mayo de 2021, mediante el cual, el Presidente Constitucional de la República Guillermo Lasso Mendoza, dispuso que todas las instituciones y empresas públicas y privadas que prestan el servicio de referencias crediticias, eliminen de sus registros el historial de obligaciones de las personas naturales deudoras cuya deuda total consolidada sea menor a mil dólares de los Estados Unidos de América, tomando en cuenta las siguientes disposiciones:

  1. Cuando las obligaciones correspondan al sistema financiero público, privado y de la economía popular y solidaria de los segmentos 1 y 2, se elimina la información correspondiente a operaciones vencidas con un saldo menor a USD 1000.
  2. Cuando las obligaciones correspondan al sistema financiero de la economía popular y solidaria de otros segmentos y cualquier otra institución integrante del sistema financiero público y privado incluyendo las compañías de servicios auxiliares, se elimina la información correspondiente a operaciones vencidas con un saldo menor a USD 500.
  3. Cuando las obligaciones correspondan a otras instituciones que otorgan crédito a sus clientes y reportan información al sistema de referencias crediticias, se elimina la información correspondiente a operaciones vencidas con un saldo menor a USD 100.
  • La eliminación de la referida información no implica pérdida del derecho de cobro que tienen los legítimos acreedores.
  • La Junta de Política y Regulación Financiera será la encargada de emitir las disposiciones necesarias para la ejecución del decreto ejecutivo y de aclarar las dudas en la aplicación del mismo.
  • Las instituciones que prestan el servicio de referencias crediticias tienen un término no mayor a 60 días para dar cumplimiento a lo señalado en el decreto.

Nota: El Decreto Ejecutivo No. 33 entró en vigencia a partir del 24 de mayo de 2021.

 

Advertencia:

Nuestro contenido es netamente informativo y de perspectiva. Para una opinión legal o asesoría sobre un caso en particular, comunicarse directamente con nuestro grupo de expertos.

Más Artículos

Sentencia No. 639-19-JP/20 y acumulados

Sentencia No. 639-19-JP/20 y acumulados

La Corte Constitucional protege los derechos de migrar y la libertad de movimiento, exigiendo protocolos y medidas de reparación.

Reducción progresiva de la tarifa del impuesto a la salida de divisas

Reducción progresiva de la tarifa del impuesto a la salida de divisas

Reducción gradual del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en Ecuador: Nuevas tarifas y fechas clave para el 2022.

Deducibilidad de las provisiones para atender el pago de pensiones jubilares patronales

Deducibilidad de las provisiones para atender el pago de pensiones jubilares patronales

Deducibilidad de Provisión de Jubilación Patronal: Reglas clave para el Impuesto a la Renta 2021 según resolución del SRI

Nuevo precedente jurisprudencial obligatorio de la Corte Nacional de Justicia (Fallo de triple reiteración)

Nuevo precedente jurisprudencial obligatorio de la Corte Nacional de Justicia (Fallo de triple reiteración)

Precedente Jurisprudencial: Término Fatal en Responsabilidad Civil por la Contraloría General del Estado.

Vulneración a la garantía de motivación

Vulneración a la garantía de motivación

Pautas para Examinar la Garantía de Motivación en Decisiones Judiciales: Cambios Significativos según la Corte Constitucional.

1 5 6 7 8 9 12

Contáctanos

Tienes alguna pregunta? Gustosos te ayudaremos

Hablar con Asesor Legal
1
¿Necesitas ayuda de un Asesor Legal?
Quevedo & Ponce Abogados
Hola 👋🏻
Nos puedes ayudar con tu nombre y contarnos
¿En qué podemos ayudarte?