Quevedo & Ponce

Quevedo & Ponce - Noticias

Declaración de notoriedad de signos distintivos

Según Acuerdo Reglamentario de Gestión de los Conocimientos

Los signos distintivos notoriamente conocidos, denominados también como marcas notorias, se consideran como tal cuando son conocidas por la mayoría de los consumidores de un sector determinado o de los círculos comerciales del país, generando un punto clave para el titular a la hora de hacer negocios.

De acuerdo al Reglamento de Gestión de los Conocimientos, el procedimiento para la declaración de notoriedad de una marca, son los siguientes:

  1. Realizar el petitorio de declaratoria de notoriedad a la autoridad nacional competente, que comprenderá:
  2. Solicitud de reconocimiento de la notoriedad del signo;
  3. Número de certificado de registro o la copia certificada del título de registro en el extranjero, de ser el caso;
  4. La naturaleza del signo distintivo
  5. El o los países o territorios en los que se considera que el signo es notoriamente conocido, debidamente detallados e individualizados;
  6. El o los productos, servicios o actividades respecto de los cuales se considera que el signo es notoriamente conocido, debidamente detallados e individualizados;
  7. Nombre, identificación, nacionalidad, dirección de domicilio y datos de contacto del solicitante. Cuando este fuese una persona jurídica, deberá indicarse el lugar de constitución;
  8. Dirección de domicilio, y datos de contacto del representante legal o apoderado;
  9. Indicación del sector o sectores pertinentes de relevancia conforme al artículo 462 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación; y
  10. Casilla o dirección de correo electrónico para notificaciones.
  11. El documento que acredite el pago de la tasa;
  12. Documentación y pruebas necesarias que acrediten el cumplimento de los factores generales enlistados en el artículo 460 del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación; y,
  13. Documento que acredite la representación legal o poder, de ser el caso.
  • El Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI) examinará, dentro del término de quince días contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, si la misma cumple con los requisitos de forma. Si la solicitud no contiene los requisitos solicitados, el SENADI notificará al solicitante para que complete o aclare dichos requisitos, dentro del término de diez días siguientes a la fecha de notificación. Si a la expiración del término señalado el solicitante no completa o aclara los requisitos indicados, la solicitud se declarará en abandono.
  • Verificado el cumplimiento de los requisitos y de la autoridad considerar que el signo es notoriamente conocido, mediante resolución motivada, el SENADI declarará la notoriedad actual del signo distintivo, se presumirá que las condiciones que originaron tal declaratoria subsisten por un período de siete años a partir de la fecha de su expedición.
  • Una vez emitida la resolución de declaratoria de notoriedad actual de un signo distintivo, se ordenará su publicación en los medios de difusión institucionales.
  • Con la resolución de declaratoria de notoriedad actual, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales emitirá el certificado respectivo; y, dispondrá el pago de la tasa respectiva en caso de que se requiera que el certificado sea emitido de forma física.

En los procedimientos administrativos en sustanciación ante el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales en los que se alegue la notoriedad actual de un signo distintivo, el interesado deberá iniciar el procedimiento de declaratoria de notoriedad previsto en esta sección, previo al pago de tasa respectiva.

El inicio del procedimiento de declaratoria de notoriedad suspenderá la tramitación de los procedimientos que se estuvieren sustanciando, hasta concluir el trámite de declaratoria que se tramitará de forma separada.

Es importante recordar que, el hecho de que una marca sea considerada notoria por autoridad competente, tiene detrás varios años de esfuerzo del solicitante, pues debe demostrar muchos aspectos esenciales.

 

Advertencia:

Nuestro contenido es netamente informativo y de perspectiva. Para una opinión legal o asesoría sobre un caso en particular, comunicarse directamente con nuestro grupo de expertos.

Más Artículos

Piercing the Corporate Veil in Ecuador: When limited liability no longer protects shareholders

Piercing the Corporate Veil in Ecuador: When limited liability no longer protects shareholders

Limited liability is one of the main advantages of incorporating a company. However, in Ecuador this protection is not absolute. Courts may apply the doctrine of piercing the corporate veil and extend liability to shareholders or directors when the company has been misused. This has become increasingly relevant in commercial litigation and debt recovery cases.

Levantamiento del velo societario en Ecuador: cuándo la responsabilidad limitada deja de ser un escudo

Levantamiento del velo societario en Ecuador: cuándo la responsabilidad limitada deja de ser un escudo

La responsabilidad limitada es uno de los principales beneficios de constituir una compañía; sin embargo, en Ecuador no es absoluta. En determinados casos, los jueces pueden aplicar el levantamiento del velo societario y extender la responsabilidad a socios o administradores cuando se demuestra abuso de la personalidad jurídica. Este criterio cobra cada vez mayor relevancia en litigios mercantiles y de recuperación de cartera.

Nice Classification: Summary of Goods and Services for Trademark Registration

Nice Classification: Summary of Goods and Services for Trademark Registration

The Nice Classification constitutes the cornerstone of the international system used to organize goods and services for trademark registration purposes and is administered by the World Intellectual Property Organization (WIPO). The system divides goods and services into 45 classes and serves as the technical foundation for determining the scope of trademark protection. Its proper application is essential to ensure adequate protection and to avoid limitations or potential conflicts.

Clasificación de Niza: Resumen de Productos y Servicios para el Registro de Marcas

Clasificación de Niza: Resumen de Productos y Servicios para el Registro de Marcas

La Clasificación de Niza es el eje del sistema internacional utilizado para organizar los productos y servicios a efectos del registro de marcas, administrada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Este sistema divide los productos y servicios en 45 clases y constituye la base técnica que determina el alcance de la protección marcaria, siendo fundamental su correcta aplicación para garantizar una protección adecuada y evitar limitaciones o conflictos futuros.

Reactivation as an Exceptional Legal Mechanism within the Popular and Solidarity Economy: Regulatory Scope and Procedure

Reactivation as an Exceptional Legal Mechanism within the Popular and Solidarity Economy: Regulatory Scope and Procedure

Resolution No. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INFMR-INGINT-2025-0244 introduced reactivation as an exceptional legal mechanism within the Popular and Solidarity Economy, allowing certain organizations undergoing ordinary liquidation proceedings to resume their activities, provided that they demonstrate that the causes leading to liquidation have been remedied and that they possess economic and legal viability, thereby reaffirming the role of the Superintendency of Popular and Solidarity Economy in preserving organizational structures with social and economic impact

1 2 3 38