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Transformación Societaria y Sociedades Anónimas Deportivas: Cumple con la Ley de Solidaridad Nacional

Tu empresa está en minería, finanzas, seguros, telecomunicaciones, energía o biodiversidad? Esto te interesa.

El Reglamento General a la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, publicado el 15 de julio de 2025 en el Registro Oficial Quinto Suplemento No. 81, marca un antes y un después para las sociedades en Ecuador. Si tu empresa es una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) vinculada a sectores estratégicos o regulados, tienes seis meses para actuar:

  1. Transformarse en otro tipo de sociedad mercantil permitida,
  2. Reformar sus estatutos eliminando dichas actividades, o
  3. Proceder a su disolución voluntaria.

 

El incumplimiento podrá derivar en disolución de oficio por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Esto refuerza el perfil regulado de las S.A.S. como estructuras para negocios con bajo riesgo.

Adicionalmente, la Disposición General Segunda introduce reglas claras para la nueva figura de la Sociedad Anónima Deportiva (S.A.D.). Aunque no constituye una nueva especie societaria, se regirá por la Ley de Compañías en lo mercantil y por la Ley del Deporte en lo funcional. Su objeto exclusivo será el desarrollo de actividades deportivas profesionales y deberán incluir en su razón social la expresión “sociedad anónima deportiva” o sus siglas (SAD).

¿Cómo te ayudamos en Quevedo & Ponce?

En Quevedo & Ponce, contamos con experiencia en transformación societaria, cumplimiento normativo y reestructuración de compañías, acompañando a nuestros clientes en procesos ajustados a la legislación vigente. Nuestro equipo de abogados especializados te acompaña de principio a fin, evitando riesgos legales y asegurando continuidad empresarial.

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