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Quevedo & Ponce - Noticias Legales

Obtenciones Vegetales en Ecuador: protección de la innovación en el sector agrícola

El desarrollo de nuevas variedades vegetales constituye una importante forma de innovación dentro del sector agrícola. En Ecuador, estas innovaciones pueden ser protegidas mediante el Derecho de Obtentor, una modalidad de Propiedad Intelectual que reconoce derechos exclusivos sobre las variedades vegetales que cumplen con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

La solicitud se presenta ante el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI) y debe cumplir con los requisitos documentales y técnicos establecidos para su tramitación.

¿Qué es una obtención vegetal?

Una obtención vegetal es una nueva variedad vegetal desarrollada mediante procesos de mejoramiento, que presenta características propias y diferenciadas de otras variedades existentes.

La protección puede resultar de especial interés para obtentores, empresas agrícolas, productores de semillas, universidades y centros de investigación, que invierten en el desarrollo de nuevas variedades, permitiendo convertir el resultado de la investigación y desarrollo en un activo intangible susceptible de explotación económica.

¿Qué requisitos debe cumplir?

Para obtener protección, la variedad debe cumplir principalmente con los siguientes requisitos:

  • Novedad: la variedad no debe haber sido comercializada previamente en condiciones que afecten este requisito.
  • Distinción: la variedad debe ser distinta, esto es, diferenciarse claramente de otras variedades conocidas.
  • Homogeneidad: sus características relevantes deben presentarse de manera suficientemente uniforme.
  • Estabilidad: sus características deben mantenerse después de sucesivas reproducciones o multiplicaciones.
  • Denominación: debe contar con una denominación genérica adecuada.

Los requisitos de Diferenciabilidad, Homogeneidad y Estabilidad (DHE) son objeto de una evaluación técnica dentro del procedimiento administrativo establecido para el otorgamiento del certificado de obtentor.

¿Cuánto dura la protección de una obtención vegetal?

El Derecho de Obtentor, según el Art. 21 de la Decisión 345 de la Comunidad Andina, tiene una duración de:

  • 20 a 25 años para variedades de vides y especies forestales y frutales, incluidos sus portainjertos.
  • 15 a 20 años para el resto de especies.

Durante este período, el titular debe cumplir con el pago de las tasas de mantenimiento previstas por la normativa.

Sin embargo, el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación del Ecuador, establece un plazo de duración de 18 años para variedades de vides, especies forestales, frutales y ornamentales, incluidos sus portainjertos; y, de 15 años para las demás variedades. Siendo la normativa subregional andina de mayor jerarquía que la nacional, prevalece la primera, y su aplicación es directa, prioritaria y obligatoria.

Una herramienta estratégica para la innovación

En un país con una importante actividad agroindustrial y una amplia diversidad vegetal, como es el Ecuador, la protección de las obtenciones vegetales representa una herramienta relevante para fomentar la innovación y fortalecer la competitividad del sector.

En Quevedo & Ponce asesoramos en la protección y gestión de sus derechos de Propiedad Intelectual, incluyendo la protección de obtenciones vegetales ante las autoridades competentes.

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