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Formalización y registro de contratos de arrendamiento en Ecuador: requisitos legales y consecuencias jurídicas

En Ecuador, el contrato de arriendo es un acuerdo legal mediante el cual una persona (arrendador) cede a otra (arrendatario) el uso de un bien inmueble a cambio de una pensión mensual. Según el artículo 27 de la Ley de Inquilinato, este contrato puede ser verbal o escrito. No obstante, si el canon mensual supera el salario básico unificado, la ley exige que el contrato se celebre obligatoriamente por escrito (Art. 29).

El contrato de arrendamiento se considera vigente desde que existe acuerdo sobre el uso del bien y el pago del canon, aunque no esté formalizado. Sin embargo, su formalización brinda respaldo jurídico a ambas partes, previene abusos y permite el acceso a procesos judiciales en caso de conflicto.

De acuerdo con la normativa vigente, si el arriendo no supera el salario básico, debe inscribirse en el catastro municipal. Si lo supera, el contrato debe registrarse dentro de los treinta días siguientes a su celebración, ante un notario.

Obligaciones clave según la Ley de Inquilinato:

  • Respetar el canon legal vigente (Art. 17).
  • Inscribir el contrato en la entidad correspondiente (Art. 14).
  • Ofrecer un contrato de al menos dos años al inquilino (Art. 28).

 

¿Qué ocurre si no se registra el contrato?
No podrás solicitar desalojo, perderás fuerza legal, el juez te exigirá el certificado del canon y podrías ser sancionado con multas de hasta seis pensiones.

En Quevedo & Ponce, asesoramos a empresas y trabajadores para garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales y proteger los derechos laborales. Contáctenos para recibir orientación sobre este importante precedente y su impacto en el ámbito laboral.

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