Quevedo & Ponce - Noticias
Sentencia No. 36-19-IN/21
Caso No. 36-19-IN
La Corte Constitucional amplió la duración del período de lactancia materna para las mujeres trabajadoras sujetas al régimen del Código del Trabajo. En este sentido, mediante sentencia No. 36-19-IN/21 el Pleno del máximo órgano de la Justicia Constitucional declaró la inconstitucionalidad por el fondo de la frase “posteriores al parto” prevista en el tercer inciso del artículo 155 del Código de Trabajo.
Para ello, la Corte determinó que no existe una razón objetiva ni una justificación constitucional para establecer una distinción en el periodo de duración de la lactancia materna entre las servidoras públicas y las trabajadoras sujetas al Código de Trabajo.
Por consiguiente, con el fin de garantizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación de todas las mujeres trabajadoras, la Corte resolvió que el periodo de duración de la lactancia materna, para aquellas mujeres sujetas al régimen laboral privado, será de 12 meses contados desde el momento en el que la madre haya concluido su licencia por maternidad. Por tanto, hasta que el bebé tenga 1 año y 3 meses de edad, la jornada laboral de la madre será de 6 horas, similar a lo que ocurre con las servidoras públicas sujetas al régimen de la Ley Orgánica del Servicio Público.
El texto del artículo referido, en atención a la sentencia dictada por la Corte Constitucional, será el siguiente:
“Art. 155.- Guardería infantil y lactancia. – En las empresas permanentes de trabajo que cuenten con cincuenta o más trabajadores, el empleador establecerá anexo o próximo a la empresa, o centro de trabajo, un servicio de guardería infantil para la atención de los hijos de éstos, suministrando gratuitamente atención, alimentación, local e implementos para este servicio.
Las empresas que no puedan cumplir esta obligación directamente podrán unirse con otras empresas o contratar con terceros para prestar este servicio.
Durante los doce (12) meses a partir de que haya concluido su licencia por maternidad, la jornada de la madre lactante durará seis (6) horas, de conformidad con la necesidad de la beneficiaria.
Corresponde a la Dirección Regional del Trabajo vigilar el cumplimiento de estas obligaciones y sancionar a las empresas que las incumplan”.
Advertencia:
Nuestro contenido es netamente informativo y de perspectiva. Para una opinión legal o asesoría sobre un caso en particular, comunicarse directamente con nuestro grupo de expertos.
Más Artículos
Studio Ghibli, ChatGPT y la IA: un nuevo debate sobre derechos de autor
En los últimos meses, han comenzado a circular en redes sociales imágenes generadas por inteligencia artificial que imitan de forma sorprendente el estilo visual de Studio Ghibli. Estas imágenes, creadas a través de nuevas funciones de IA, han encendido un intenso debate legal sobre los límites de la propiedad intelectual en la era digital: ¿dónde se trazan los límites de la propiedad intelectual en el entorno digital?
Cumplimiento de la obligación anual de presentación de estados financieros ante la Superintendencia de Compañías
En Ecuador, las empresas supervisadas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros deben presentar anualmente su información financiera antes del 30 de abril. Esta obligación incluye estados financieros y otros documentos clave que deben ser aprobados por la junta general antes de su envío. El incumplimiento de los requisitos legales puede resultar en sanciones económicas significativas.
Norma Técnica para la Inscripción de Contratos de Cesión de derechos de autor y Licencia de Uso
El Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI) expidió la Norma Técnica para la Inscripción de Contratos de Cesión de Derechos Patrimoniales de Derecho de Autor y Contratos de Licencia. Esta normativa, establecida mediante la Resolución No. SENADI-DNDAYDC-2025-0002-NT.
Convocatorias a Juntas Generales por correo electrónico: Una modalidad en vigencia desde 2022
Desde 2022, el Reglamento de Juntas Generales permite convocar a los accionistas por correo electrónico, facilitando la participación, reduciendo costos y adaptándose a la era digital. Conoce cómo este cambio optimiza el proceso y qué hacer si tu estatuto exige convocatorias por prensa.
La Superintendencia de Compañías, mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2025-0001 del 7 de marzo de 2025, reformó el «Reglamento sobre Juntas Generales o Asamblea General de Socios y Accionistas»
La Superintendencia de Compañías, reformó el «Reglamento sobre Juntas Generales o Asamblea General de Socios y Accionistas», mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2025-0001 del 7 de marzo de 2025, y estableció la posibilidad de que los socios y accionistas elijan asistir a las juntas generales de manera presencial o virtual.