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Resolución No. 06-2025 de la Corte Nacional de Justicia define y aclara términos para la aplicación del artículo 55 del Código Orgánico General de Procesos, correspondiente a citaciones por boletas
- Abril 30, 2025
- Quevedo & Ponce
Esta resolución de carácter obligatorio y aclarativo, emitida por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, sirve como una nueva base sustancial para que las gestiones de citación lleguen a completarse, de acuerdo con la norma. En el caso del artículo 55 del Código Orgánico General de Procesos, correspondiente a la citación por boletas, puede decirse que este ha experimentado en la práctica una dificultad considerable respecto de su concreción, especialmente en citaciones llevadas a cabo en urbanizaciones u otros lugares de residencia bajo propiedad horizontal, o que cuenten con servicio privado de guardianía.
Uno de los aspectos novedosos de esta resolución es “la obligación de colaboración de los guardias, administradores o cualquier personal de vigilancia o control del inmueble, para permitir el cumplimiento de la diligencia”.
¿Por qué se emitió esta resolución?
Entre los distintos considerandos que la motivaron, se encuentran la dificultad de citar por boletas cuando el domicilio de la persona citada se encuentre en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal, conjuntos habitacionales o urbanizaciones cerradas, así como la restricción de acceso a tales inmuebles por parte de personal de seguridad o de administración y las implicaciones de fijar una boleta en áreas comunes de tales inmuebles.
¿Qué implica la resolución?
Implica que la citación por boletas podrá y deberá darse con la colaboración, tanto de elementos de la fuerza pública como de personal de seguridad privada, lo que supone una mejoría al coadyuvar la diligencia de los respectivos citadores. De tal forma, se procura mejorar la eficiencia en esta etapa procesal, evitándose recurrir a las citaciones por medios de comunicación. Por tanto, esta resolución supone un ligero avance en materia de citación, pese a la congestión del sistema judicial ecuatoriano.
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La citación por boletas implica que una citación personal no pudo realizarse, pero es también una gestión previa a la citación a través de medios de comunicación, en los términos previstos en la ley.
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